- El 1 de enero de 2024 entró en vigor la nueva versión de la Ley de Mecenazgo, trayendo consigo novedades para el mundo empresarial y su compromiso social. Te contamos las más relevantes.
La reciente aprobación del Real Decreto-Ley que reforma la ley de mecenazgo en España marca un hito significativo en el respaldo y reconocimiento a las fundaciones y organizaciones sin ánimo de lucro. Esta reforma entró en vigor el 1 de enero de 2024 e introduce cambios notables en la ley 49/2002.
Las principales modificaciones son:
- Promoción del Micromecenazgo y Mejoras en las Deducciones Fiscales: Para personas físicas, la base deducible en el IRPF se eleva de 150€ a 250€, permitiendo una deducción del 80% sobre esta base. Además, la deducción para el resto de la donación aumenta del 35% al 40%. Por su parte, para personas jurídicas, las deducciones en el impuesto sobre sociedades aumentan del 35% al 40%. A su vez, hay un incentivo al mecenazgo sostenido, puesto que las donaciones continuadas a la misma entidad durante dos años incrementa la deducción al 45% para personas físicas y al 50% para personas jurídicas.
- Ampliación del Concepto de Donación: Se incluye la cesión de uso de bienes muebles e inmuebles como donaciones fiscalmente deducibles, ampliando el alcance de lo que se considera donación.
- Extensión del Convenio de Colaboración: Se reconoce explícitamente las aportaciones en especie y la prestación gratuita de servicios dentro del convenio de colaboración. Los colaboradores pueden ahora difundir y publicitar su participación en estas colaboraciones.
- Mecenazgo de Reconocimiento o Recompensa: Se permite a los donantes obtener retornos simbólicos en forma de bienes o servicios, siempre que no superen el 15% del valor de la donación y con un límite de 25.000 €.
- Expansión de Exenciones en Explotaciones Económicas: Se amplían las exenciones fiscales a actividades de desarrollo e innovación, servicios de inserción sociolaboral para personas en riesgo de exclusión, y enseñanza y formación profesional para estudiantes de altas capacidades, siempre que sean desarrolladas por entidades sin ánimo de lucro.
- Automatización de Exenciones en Tributos Locales: Se simplifica y automatiza la aplicación de exenciones en tributos locales para bienes pertenecientes a entidades sin ánimo de lucro.
Estos cambios representan un avance significativo en el marco legal del mecenazgo en España. Se espera que estas modificaciones no solo fomenten la participación de individuos y empresas en actividades filantrópicas, sino que también fortalezcan el papel de las entidades sin ánimo de lucro en la sociedad.
La reforma reconoce la labor vital que estas entidades desempeñan en áreas como la educación, la cultura, la investigación de enfermedades y la inclusión social.
La nueva legislación de mecenazgo en España es un paso adelante en la modernización y adaptación de la ley a las realidades del siglo XXI. Estos cambios reflejan un compromiso renovado con el sector de las fundaciones y entidades sin ánimo de lucro, prometiendo fortalecer su capacidad para contribuir al bienestar social y económico del país.