Hombre tejiendo

El Paquete Ómnibus ya ha sido aprobado: la CSDDD entra en una nueva etapa con menos alcance y sin obligaciones climáticas

Finalmente, y a raíz del acuerdo provisional alcanzado entre el Parlamento Europeo y el Consejo sobre el paquete ómnibus, se ha concluido el proceso legislativo. La Directiva (UE) 2026/470 fue adoptada el 24 de febrero, publicada en el Diario Oficial de la UE el 26 de febrero y entró en vigor el 18 de marzo de 2026. La Directiva sobre Diligencia debida en sostenibilidad (CSDDD), tal y como la conocíamos, ha cambiado de forma definitiva.

¿Qué ha cambiado respecto al texto original?

El texto final confirma y consolida los recortes que se planteaban y los cambios más relevantes para las empresas son:

  • El 90% de las empresas originalmente obligadas quedan fuera: El nuevo umbral exige más de 5.000 empleados y 1.500 M€ de facturación mundial. Las empresas no europeas con más de 1.500 M€ de negocio en la UE también están incluidas.
  • Los planes de transición climática quedan eliminados: El artículo 22 de la directiva, que obligaba a alinear la estrategia empresarial con el límite de 1,5 °C del Acuerdo de París, queda suprimido. Esta obligación pasa a recaer únicamente sobre la CSRD (Directiva de Reporte de Sostenibilidad Corporativa), para quienes sigan en su ámbito de aplicación.
  • Responsabilidad civil y sanciones, más débiles: El tope de sanciones baja al 3% de la facturación neta mundial. Sin régimen armonizado europeo de responsabilidad civil: cada Estado miembro aplicará su propio marco. Los Estados tienen hasta julio de 2028 para transponer la directiva.

Lo que se mantiene: diligencia debida basada en riesgo: Las empresas obligadas deben seguir identificando y abordando los impactos más graves sobre derechos humanos y medio ambiente en su cadena de valor, siguiendo el enfoque de la OCDE. Se introduce además una cláusula de revisión que podría ampliar el alcance en el futuro.

¿Y ahora qué? El proceso de transposición en España

España tiene hasta el 19 de marzo de 2027 para adaptar su legislación al nuevo marco. Mientras tanto, sigue en vigor la Ley 11/2018 de información no financiera. El ICAC y la CNMV han recomendado a las empresas mantener un enfoque prudente y seguir avanzando en sus compromisos de sostenibilidad, independientemente de los cambios normativos.

Desde Entreculturas creemos que lo conseguido hasta aquí importa y que merece la pena seguir construyendo sobre ello. Han sido muchos años de trabajo colectivo de organizaciones, empresas comprometidas, comunidades afectadas y personas activistas los que han logrado que la diligencia debida en derechos humanos esté hoy en el centro del debate empresarial europeo.

El Ómnibus reduce las obligaciones legales, pero no cambia la realidad de las personas que trabajan en las cadenas de valor globales, ni las expectativas de la sociedad hacia las empresas. Los inversores siguen demandando transparencia, los consumidores/as siguen eligiendo con conciencia y las empresas más avanzadas saben que la sostenibilidad es una ventaja competitiva, no una carga.

Por eso nuestra invitación es seguir apostando por la Responsabilidad Social Corporativa, fomentando que las empresas sigan identificando riesgos en sus cadenas de suministro, seguir construyendo relaciones justas con proveedores, seguir midiendo el impacto de las decisiones empresariales sobre las personas. Porque una empresa responsable no espera a que la ley le diga hasta dónde llegar: sabe que su responsabilidad es la que ayuda a que el mundo sea más justo.

Juntas, empresas y organizaciones como Entreculturas, podemos seguir empujando para que la economía global sea un espacio más justo.

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